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El impuesto de circulación, conocido oficialmente como Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), es uno de los gastos fijos obligatorios que todo propietario de un coche debe asumir cada año. En 2026, aunque su base de cálculo no ha cambiado a nivel estatal, varios municipios han actualizado sus tipos impositivos y bonificaciones. En este artículo te explicamos cómo funciona, cuándo se paga y cómo saber exactamente cuánto debes abonar.

El IVTM es un tributo municipal que grava la titularidad de vehículos aptos para circular por vías públicas. Lo recauda el ayuntamiento donde está registrado el vehículo, no la DGT. Esto significa que el importe puede variar bastante de un municipio a otro.

La base del impuesto depende de la potencia fiscal del vehículo, expresada en caballos de vapor (CV). A mayor potencia, mayor impuesto. La ley establece una cuota mínima nacional, pero cada ayuntamiento puede aplicar un coeficiente multiplicador de hasta 2.

Ejemplo orientativo para un turismo de 14 CV:

  • Cuota mínima estatal: unos 91 €
  • Con coeficiente máximo municipal: hasta 182 €

Los vehículos eléctricos e híbridos enchufables tienen bonificaciones en muchos municipios de entre el 50% y el 100%.

El periodo de pago varía según el municipio, pero habitualmente se concentra entre abril y junio. Si no recibes el aviso en papel, es tu responsabilidad consultarlo en la web de tu ayuntamiento o sede electrónica. El impago genera recargos y puede derivar en embargo.

  1. Accede a la web de tu ayuntamiento o a la sede electrónica de la Agencia Tributaria local.
  2. Busca el apartado de «tributos municipales» o «vehículos».
  3. Puedes pagar por domiciliación, en entidades bancarias colaboradoras o de forma presencial.
  • Vehículos eléctricos: hasta el 100% en muchos municipios.
  • Vehículos históricos (más de 25 años): exentos del impuesto en muchas localidades.
  • Familias numerosas: bonificación del 50% en algunos ayuntamientos.

💡 Recomendación final: Domicilia el pago del impuesto de circulación en tu banco para no olvidarte. Así evitas recargos por demora, que pueden llegar al 20% si el impago entra en vía ejecutiva.